Da 6 Carreteras de Aragón
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»D.A. 6ª. Desafectación de carreteras.
Vigente
Las carreteras o tramos de las mismas que dejen de utilizarse como tales y no se incluyan como elementos funcionales de otras serán objeto de desafectación, iniciándose el oportuno expediente por el titular de las mismas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-1998 en vigor desde 19-01-1999