Da 6 Calidad Ambiental

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D.A. 6ª. Compensación a los ayuntamientos.

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El Principado de Asturias, en el ámbito de la cooperación con las entidades locales, deberá contribuir en la financiación de los costes económicos adicionales que la aplicación de la presente ley pudiera generar a los ayuntamientos, incluyendo la correspondiente partida económica en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-03-2023 en vigor desde 13-04-2023