Da 51 2023 PGE

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D.A. 51ª. Creación de una línea de financiación para créditos a personas físicas y jurídicas del sector agroalimentario y pesquero mediante el reafianzamiento de los avales otorgados por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria SAECA, con objeto de facilitar su acceso al crédito.

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Uno. Se crea una línea de financiación destinada a favorecer la financiación a personas físicas y jurídicas del sector agroalimentario y pesquero mediante el reafianzamiento de los avales otorgados por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria SAECA, con objeto de facilitar su acceso al crédito.

Dos. Para la aplicación de la línea, la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, en lo sucesivo SAECA, recibirá en el ejercicio 2023 desde el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un préstamo a largo plazo sin intereses de hasta de 25.000 miles de euros, con cargo a la partida 21.01.411M.821.04. La Ley de Presupuestos Generales del Estado fijará cada año, en su caso, el importe de la aportación del Estado a la línea de financiación que se crea en virtud del presente artículo.

Tres. El importe del préstamo tendrá como único objetivo el apoyo financiero a las unidades productivas del sector agroalimentario y pesquero a través de un reafianzamiento de los avales otorgados frente a las entidades prestatarias por parte de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria SAECA.

Cuatro. El préstamo tendrá un periodo de vigencia de 20 años y cubrirá al menos las operaciones que se formalicen en el periodo de los 5 primeros años. Mediante convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y SAECA se establecerán las condiciones del préstamo, de su libramiento efectivo y de su reembolso. Los posibles morosos y fallidos que se generen por la aplicación de esta línea reducirán, en los porcentajes y condiciones establecidos en el Convenio, la cuantía que SAECA deberá devolver al final del plazo de vigencia.

Cinco. En las cláusulas del Convenio deberán quedar reflejadas las condiciones que deban regir en las operaciones de SAECA con los terceros, así como el riesgo asumido por esta línea para cada préstamo garantizado por SAECA.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-12-2022 en vigor desde 01-01-2023