Da 5 Transparencia y buen gobierno

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D.A. 5ª. Reclamación

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La resolución de la reclamación prevista en el artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, corresponderá, en el supuesto de resoluciones dictadas por las entidades locales de Galicia, al Valedor del Pueblo.

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  • Texto Original. Publicado el 15-02-2016 en vigor desde 06-03-2016