Da 5 Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales
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Da 5 Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales

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D.A. 5ª.

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El Gobierno de La Rioja podrá suscribir convenios con el Ministerio de Medio Ambiente y la Confederación Hidrográfica del Ebro para adecuar la aplicación del canon de control de vertidos a que se refiere la Ley de Aguas, en aquellos ámbitos que pudieran verse afectados por el régimen económico-financiero previsto en esta Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-10-2000 en vigor desde 01-11-2000