Da 5 Residuos y su Fiscalidad

Da 5 Residuos y su Fiscalidad

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.A. 5ª. Indemnización a los municipios que dispongan de infraestructuras o instalaciones de gestión de residuos.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Aquellos municipios en los que existan o se creen nuevas instalaciones o infraestructuras de gestión de residuos serán objeto de indemnizaciones en concepto de aportación al interés general y de pago por el servicio ambiental prestado, a determinar reglamentariamente en función del dimensionamiento de las citadas instalaciones y de la valoración que se lleve a cabo respecto de la carga adicional social y ambiental de estas entidades en su aportación a la correcta gestión de los residuos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-06-2018 en vigor desde 23-06-2018