Da 5 procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad
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»D.A. 5ª. Evaluación de resultados.
Vigente
Transcurrido el primer año de aplicación del baremo establecido en este real decreto, el Imserso en colaboración con las comunidades autónomas y previa consulta al Consejo Nacional de la Discapacidad, realizará una evaluación de los resultados obtenidos en la aplicación del mismo y propondrá las modificaciones que, en su caso, estime procedentes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-10-2022 en vigor desde 20-04-2023