Da 5 Prevención y Asistencia en Materia de Adicciones
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»D.A. 5ª. Plazo para los protocolos de funcionamiento.
Vigente
Los protocolos de funcionamiento se aprobarán mediante orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de adicciones en el plazo de 1 año.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 5ª (se añade)) por Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.
(BOJA de 17-12-2021) en vigor desde 18-12-2021 - Texto Original. Publicado el 19-07-1997 en vigor desde 18-12-2021