Da 5 Presupuestaria de las Entidades Locales
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA.
Vigente
En el caso de que una Entidad Local del Territorio Histórico de Álava, dada su situación presupuestaria y financiera, solicitara a la Diputación Foral de Álava un plan de viabilidad para responder tanto al mantenimiento ordinario de los servicios públicos esenciales como al pago de su carga financiera, el departamento foral competente en administración local elaborará conjuntamente con la Entidad Local un plan especifico de viabilidad presupuestaria y financiera.
El citado plan deberá ser aprobado por el Pleno de la Entidad Local, informado por el Consejo Territorial de Administración Local y Finanzas del Territorio Histórico de Álava y remitido como proyecto de norma foral a las Juntas Generales para su aprobación definitiva.
Modificaciones
- Modificación realizada (adicional quinta) por Norma Foral 5/2012, de 16 de abril, de modificación de la Norma Foral 3/2004, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Álava.
(BOTHA de 25-04-2012) en vigor desde 25-04-2012 - Texto Original. Publicado el 18-02-2004 en vigor desde 25-04-2012