Da 5 Modificación de la L...al (LECO)-

Da 5 Modificación de la Ley 5/2005 -conservación de espacios de relevancia ambiental (LECO)-

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D.A. 5ª. Diversidad genética

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1. Las administraciones públicas deben promover la conservación, la investigación y la gestión de la riqueza y la diversidad genéticas de las especies presentes en las Illes Balears, especialmente en su adaptación al cambio climático.

2. Con el objetivo de reforzar la salvaguarda de los recursos genéticos forestales, la consejería competente en materia de medio ambiente del Gobierno de las Illes Balears, a través del Centro Forestal de las Illes Balears (CEFOR), ha de:

a) Elaborar un registro de las unidades de conservación in situ de recursos genéticos forestales de las Illes Balears.

b) Mantener el Banco de Semillas Forestales mediante la recolección y la custodia de las colecciones de germoplasma que se deriven de las acciones de preservación ex situ de los taxones de interés para la protección de la flora silvestre y la restauración de los hábitats naturales.

c) Seleccionar y garantizar la disponibilidad de material forestal de reproducción para dar respuesta a las necesidades de conservación y recuperación de los hábitats y las especies.

d) Promover la cultura forestal, la sensibilización ambiental y las actividades de investigación, experimentación, formación y capacitación forestal.