Da 5 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización
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»D.A. 5ª. Plazo para la notificación de las resoluciones en procedimientos en materia de energía en los cuales no exista un plazo máximo establecido en la norma reguladora del procedimiento
Vigente
En aquellos procedimientos en materia de energía en los cuales no exista un plazo máximo establecido en la norma reguladora del procedimiento en el cual tiene que notificarse la resolución expresa, este será de seis meses.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2019 en vigor desde 01-01-2020