Da 5 Medidas fiscales, fi...turísticos

Da 5 Medidas fiscales, financieras y administrativas e impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos

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DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Patrimonio del Instituto Catalán del Suelo.

Vigente

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1. Se autoriza al Gobierno para que, mediante un acuerdo en el que se deben identificar los inmuebles afectados, incorpore al patrimonio de la Generalidad patrimonio inmobiliario de vivienda protegida de titularidad del Instituto Catalán del Suelo, y se subrogue en la posición jurídica de esta entidad en cuanto a los derechos y las obligaciones de los que es titular en relación con aquel, o a otras obligaciones del Instituto que dicho acuerdo determine. Lo dispuesto por este apartado no altera la calificación jurídica originaria de los inmuebles afectados.

2. Corresponden al Instituto Catalán del Suelo las más amplias facultades de administración, gestión y eventual enajenación del patrimonio al que se refiere el apartado 1, en los términos que le encomiende el Gobierno.

3. Corresponden al Departamento de Territorio y Sostenibilidad, en relación con el patrimonio al que se refiere el apartado 1, todas las facultades y competencias que la normativa patrimonial de la Generalidad atribuye al Departamento de Economía y Conocimiento, o a cualquiera de sus órganos, respecto al patrimonio de la Generalidad.

4. Los derechos de naturaleza económica que se deriven de las operaciones reguladas por esta disposición deben destinarse a satisfacer finalidades de interés público en el ámbito de competencias del Departamento de Territorio y Sostenibilidad y, excepcionalmente, no es aplicable lo establecido por el artículo 160.5 del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-03-2012 en vigor desde 24-03-2012