D.A. 5ª. Bonificaciones de las tasas.
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Vigente
Las entidades locales podrán aprobar bonificaciones extraordinarias sobre la cuantía de las tasas municipales establecidas en virtud de la Sección 3.ª del Capítulo III del Título II de esta Norma Foral.
Estas bonificaciones deberán estar motivadas por razones excepcionales o de urgencia y, en particular, por la crisis sanitaria provocada por la COVID-19.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 5ª (se añade)) por NORMA FORAL 8/2022, de 20 de julio, por la que se introducen determinadas modificaciones tributarias.
(BOB de 29-07-2022) en vigor desde 29-07-2022 - Texto Original. Publicado el 31-12-2005 en vigor desde 29-07-2022