Da 5 Desarrollo parcial del Reglamento General de Recaudación -recaudación de recursos no tributarios ni aduaneros de titularidad de la AGE a través de entidades colaboradoras-
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»D.A. 5ª. Ingresos correspondientes a precios públicos.
Vigente
Sin perjuicio de las especialidades derivadas de su régimen jurídico, el cobro de precios públicos de la Administración General del Estado podrá canalizarse a través del procedimiento previsto en la presente orden haciendo uso del documento de ingreso 069 o, en su caso, a través del procedimiento especial previsto en la disposición adicional primera.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-07-2016 en vigor desde 02-10-2016