Da 5 Desarrollo de la normativa de juventud y de tiempo libre
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»D.A. 5ª. Habilitación para la ejecución de acciones del Programa Carné Joven
Vigente
Se faculta al director o directora del Instituto Balear de la Juventud para el desarrollo de las actuaciones necesarias para la implantación y la efectividad del Programa Carné Joven, así como para resolver todas las cuestiones que puedan surgir en cuanto a la interpretación del que establece el título V de este decreto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-07-2018 en vigor desde 08-07-2018