Da 5 Derechos a la Inclusión Social y a la Renta Garantizada
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»D.A. 5ª.-Procedimiento de la Sección 2.ª del Capítulo III.
Vigente
El procedimiento previsto en la sección 2.ª del capítulo III se sustanciará por medios electrónicos en los términos previstos en la normativa del procedimiento administrativo común.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 5ª (se añade)) por LEY FORAL 6/2017, de 9 de mayo, de modificación parcial del texto refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio.
(BON de 19-05-2017) en vigor desde 20-05-2017 - Texto Original. Publicado el 18-11-2016 en vigor desde 20-05-2017