Da 5 Declaración del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama
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»D.A. 5ª. Colaboración y cooperación entre las administraciones.
Vigente
Al objeto de contribuir a que el Parque Nacional de la Sierra del Guadarrama alcance un nivel de gestión similar al resto de los Parques Nacionales, se faculta al Ministerio de Agricultura, Alimentación, y Medio Ambiente, a través del Organismo Autónomo Parques Nacionales, para suscribir y poner en marcha cuantos acuerdos, convenios, y consorcios con las administraciones competentes, se consideren convenientes para el logro de la presente Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-06-2013 en vigor desde 27-06-2013