Da 5 Conservación de la naturaleza
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA.
Vigente
Aquellas personas que entre los años 1986 y 1990 fuesen poseedores de una licencia de caza, cualquiera que fuese su clase, y así lo acrediten, podrán obtener la licencia de caza del País Vasco sin necesidad de realizar las pruebas de aptitud previstas en el artículo 69.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-07-1994 en vigor desde 16-08-1994