Da 5 Condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad de las piscinas
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»D.A. 5ª. Atracciones acuáticas no asociadas a un vaso instaladas en lugares públicos.
Vigente
Las atracciones acuáticas no asociadas a un vaso que se instalen en lugares públicos que no sean piscinas, deberán cumplir lo establecido en el Anexo IV del presente decreto foral.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-11-2018 en vigor desde 15-12-2018