Da 5 Código tributario de Cataluña

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D.A. 5ª. Creación del Cuerpo Superior de Técnicos Tributarios de la Generalidad de Cataluña

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1. Se crea el Cuerpo Superior de Técnicos Tributarios de la Generalidad de Cataluña, con las funciones definidas por el artículo 217-4 del presente código y con sujeción a las prescripciones de los capítulos VII y VIII del título I.

2. Los miembros de la suprimida escala técnica tributaria del Cuerpo Superior de Inspección y Técnica Tributaria de la Generalidad de Cataluña se integran directamente en el Cuerpo Superior de Técnicos Tributarios de la Generalidad de Cataluña.

3. La plantilla del Cuerpo Superior de Técnicos Tributarios de la Generalidad de Cataluña se fija en cincuenta puestos de trabajo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-08-2017 en vigor desde 04-08-2017