Da 5 bis Patrimonio de C Valenciana

Da 5 bis Patrimonio de C. Valenciana

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DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA BIS. Infraestructuras de regadíos e infraestructuras agrarias de interés general de la Comunitat Valenciana.

Vigente

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En la Comunitat Valenciana, la Conselleria competente en materia de agricultura y, en su caso, de regadíos ejercitará las facultades atribuidas en esta ley a la Conselleria competente en materia de patrimonio en relación con las infraestructuras de regadíos e infraestructuras agrarias de interés general de la Comunitat Valenciana, ajustándose a lo prevenido en la legislación especial y supletoriamente en esta ley, comunicando a la Conselleria competente en materia de patrimonio las actuaciones realizadas para su constancia en el inventario e inscripción en el Registro de la Propiedad tanto de los terrenos donde se actúe como de las instalaciones ejecutadas.

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