Da 4 TR Ley de cooperativas
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D.A. 4ª. Consejo Aragonés del Cooperativismo.

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El Consejo Aragonés del Cooperativismo es un órgano consultivo de la Diputación General de Aragón que cumple adecuadamente con los fines de promoción y desarrollo cooperativos que tiene encomendados.

Está integrado por representantes de las organizaciones de cooperativas constituidas conforme a esta ley y por representantes del Gobierno de Aragón.

Su organización y competencias específicas se hallan desarrolladas por el Decreto 65/2003, de 8 de abril, por el que se regula el Consejo Aragonés del Cooperativismo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-09-2014 en vigor desde 10-09-2014