Da 4 silencio administrativo en autorizaciones y licencias para el ejercicio de la actividad pesquera Pesca Marítima y Acuicultura
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»D.A. 4ª- Silencio administrativo en autorizaciones y licencias para el ejercicio de la actividad pesquera.
Vigente
Si transcurrido el plazo máximo legalmente previsto para resolver la autorización y/o licencia para el ejercicio de la pesca o marisqueo, no se ha notificado resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-04-2007 en vigor desde 12-06-2007