Da 4 Sector eléctrico canario

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D.A. 4ª.

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De conformidad con la normativa comunitaria y teniendo en cuenta la singularidad del mercado de energía eléctrica en Canarias, el Gobierno designará un gestor de la red de distribución en las islas con el fin de explotar, mantener y, en su caso, desarrollar la misma.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-12-1997 en vigor desde 09-12-1997