Da 4 regulación complemen...lectorales

Da 4 regulación complementaria de los procesos electorales

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DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Habilitación normativa a Ministerio del Interior.

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Por el Ministerio del Interior se podrán dictar las normas que resulten necesarias para la adaptación de lo previsto en el artículo 9 del presente Real Decreto, a fin de asegurar el ejercicio del derecho al sufragio, mediante el voto por correo, del personal de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado que se encuentren en las circunstancias establecidas en la disposición adicional tercera.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-04-1999 en vigor desde 17-04-1999