Da 4 Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del THG
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»D.A. 4ª. Participaciones en fondos de inversión cotizados y acciones de sociedades de inversión de capital variable índice cotizadas.
Vigente
El régimen de diferimiento previsto en el artículo 48.1 de la Norma Foral del Impuesto no resultará de aplicación cuando la transmisión o reembolso o, en su caso, la suscripción o adquisición tenga por objeto participaciones representativas del patrimonio de los fondos de inversión cotizados o acciones de las sociedades del mismo tipo a que se refiere el artículo 79 del Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva, aprobado por el Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-10-2014 en vigor desde 18-10-2014