Da 4 Racionalización del sector público autonómico
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»D.A. 4ª. Fomento de la contratación electrónica
Vigente
En un plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley, todos los procedimientos de contratación de la Administración general de la Comunidad Autónoma y de su sector público se llevarán a cabo posibilitando la utilización de medios de comunicación electrónicos y, en particular, la presentación electrónica de ofertas y solicitudes.
El órgano o entidad con competencias horizontales en materia de administración electrónica prestará asistencia a los órganos de contratación para cumplir este objetivo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-01-2014 en vigor desde 16-02-2014