Da 4 Procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema
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»D.A. 4ª.-Solicitud de recursos del Sistema de Atención a la Dependencia de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Vigente
Para la solicitud y acceso a cualquiera de los recursos de los incluidos en el catálogo de servicios del presente decreto, se deberá acreditar el reconocimiento de la situación de dependencia, conforme al calendario previsto, incluso en el caso del servicio de ayuda en el hogar municipal, en su modalidad de atención a las personas en situación de dependencia.
(NOTA: Disposición con efectos desde 1 de junio de 2010)
Modificaciones
- Artículo modificado por DECRETO 148/2011, do 7 de xullo, polo que se modifica o Decreto 15/2010, do 4 de febreiro, polo que se regula o procedemento para o recoñecemento da situación de dependencia e do dereito ás prestacións do sistema para a autonomía e atención á dependencia, o procedemento para a elaboración do Programa individual de atención e a organización e o funcionamento dos órganos técnicos competentes.
(DOGA de 22-07-2011) en vigor desde 23-07-2011