Da 4 Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General
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»D.A. 4ª. Elaboración de disposiciones generales por las Diputaciones forales.
Vigente
Las Diputaciones forales de los respectivos territorios históricos elaborarán las disposiciones de carácter general de acuerdo con sus propias normas de organización, régimen y funcionamiento. No obstante, les serán de aplicación los principios que derivan de la regulación contenida en esta ley, en función de las especificidades formales y materiales que caracterizan sus normas.