Da 4 Presupuestos 2021 Euskadi
D.A. 4ª.- Declaración de utilidad pública de proyectos de infraestructuras.
1.- La aprobación de los proyectos de infraestructuras necesarios para la ejecución de competencias de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de radio, televisión y, en general, de medios de comunicación social, así como de servicios de protección civil y seguridad pública, financiados con cargo a los créditos para inversiones, llevará aparejada la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres.
2.- La declaración de utilidad pública hará referencia asimismo a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto y en las modificaciones que puedan aprobarse posteriormente.
3.- A tales efectos, los proyectos de infraestructuras y sus modificaciones deberán comprender la definición de las mismas y la determinación de los terrenos, construcciones u otros bienes o derechos que se estime preciso ocupar o adquirir para su realización.