Da 4 Del Presidente y del Gobierno

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D.A. 4ª.-Régimen de precedencias.

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1. Corresponde al Presidente de Aragón la presidencia de todos los actos oficiales celebrados en Aragón a los que asista, salvo que ésta corresponda por norma con rango de ley a otra autoridad presente en el acto.

2. El Gobierno podrá establecer reglamentariamente el régimen de precedencias de las autoridades, instituciones y órganos de la Comunidad Autónoma, que será de aplicación preferente siempre que no concurran al acto público autoridades del Estadoo de otra Comunidad Autónoma.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-05-2009 en vigor desde 08-06-2009