Da 4 Patrimonio Cultural de C Léon

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D.A. 4ª.

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Como medida preventiva contra la expoliación y el deterioro de los bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León, la Administración promoverá la utilización de medios técnicos para reproducir dichos bienes, especialmente los incluidos en el patrimonio documental y bibliográfico, si lo requiere su conservación y difusión o lo aconsejan las condiciones de uso a que estén sometidos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-07-2002 en vigor desde 08-08-2002