Da 4 Patrimonio de Cantabria
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DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Competencias respecto de los inmuebles destinados a Institutos de Enseñanza Secundaria.

Vigente

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Respecto de los inmuebles destinados a Institutos de Enseñanza Secundaria de Cantabria, corresponden a la Consejería de Educación las mismas competencias que la presente Ley atribuye a la Consejería de Economía y Hacienda, de conformidad con los procedimientos en ella previstos y con los reglamentos que al efecto se dicten.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-04-2006 en vigor desde 28-04-2006