Da 4 Patrimonio de Andalucía
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»D.A. 4ª.
Vigente
El Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma podrá evocar para sí las competencias que otros Órganos inferiores tengan atribuidas en cuanto al uso y aprovechamiento de bienes de dominio público o privado de la propia Comunidad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-05-1986 en vigor desde 29-05-1986