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Da 4 Ordenación y gestión integrada del litoral

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D.A. 4ª. Adaptación del Plan de ordenación del litoral de Galicia

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El Plan de ordenación del litoral de Galicia, aprobado definitivamente por Decreto 20/2011, de 10 de febrero (DOG de 23 de febrero) pasará a denominarse «Plan de ordenación costera de Galicia» y deberá ser revisado, para su adaptación a la presente ley, en el plazo de dos años a contar desde su entrada en vigor.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-07-2023 en vigor desde 02-08-2023