Da 4 Memoria democrática y para la convivencia
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»D.A. 4ª. Inscripción en el Registro Civil del fallecimiento de víctimas
Vigente
La Generalitat impulsará la inscripción de defunción de las víctimas desaparecidas, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional octava de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-11-2017 en vigor desde 13-12-2017