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Da 4 Medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda

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D.A. 4ª. Inscripción del Inventario de los bienes y los derechos que integran el patrimonio municipal de suelo y de vivienda

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Los municipios incluidos en las áreas de demanda residencial fuerte y acreditada, dentro del plazo de un año desde la entrada en vigor de este Decreto ley, tienen que enviar al Registro de planeamiento urbanístico de Cataluña el inventario de los bienes y los derechos que integran el patrimonio municipal de suelo y de vivienda para su inscripción, así como su balance de situación. La falta de presentación del inventario y el balance de situación dentro del plazo mencionado impide enajenar los bienes y los derechos patrimoniales mientras no se inscriban.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2019 en vigor desde 31-12-2019