Da 4 Medidas de Reestruct...undacional

Da 4 Medidas de Reestructuración y Racionalización del Sector Público Empresarial y Fundacional

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D.A. 4ª. Efectos generales de la integración del personal laboral

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1. Una vez efectuados, en su caso, los procedimientos de redimensionamiento de plantillas y adaptación de condiciones laborales, la integración del personal laboral de los entes del sector público de la Generalitat que se extinguen, por ejecución del Decreto ley 7/2012 y de la presente norma, en los entes de dicho sector que asuman sus funciones implicará la novación de la relación contractual, sin necesidad de proceder a su extinción y sin que genere derecho a indemnización alguna.

2. Esta incorporación o integración del personal laboral de los entes del sector público de la Generalitat que se extinguen, por ejecución de esta ley, en los entes de este sector que asuman sus funciones, se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 44 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

3. En el supuesto de que tras la efectiva puesta en funcionamiento de los distintos entes resultantes de las operaciones de restructuración previstas en el título II del Decreto ley 7/2012 y de la presente norma existiese una disparidad de condiciones laborales de su personal, derivada de la coexistencia de diversos convenios colectivos o de cualquier otro tipo de situación personal o colectiva, se deberá proceder por los procedimientos legales del artículo 39, 40, 41 y 82.3 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, así como, en su caso, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente norma, a negociar en cada ente matriz un nuevo convenio colectivo aplicable a todas las relaciones laborales de su personal. Todo ello sin perjuicio de la fijación por las consellerías competentes de criterios comunes a tener en cuenta en dicha negociación y de las autorizaciones que según la normativa vigente sean exigibles y de acuerdo con lo que se prevea en las correspondientes leyes de presupuestos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-05-2013 en vigor desde 24-05-2013