Da 4 Medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola
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»D.A. 4ª. Controles sobre el terreno en el ejercicio FEAGA 2020.
Vigente
En el caso de las actuaciones de control sobre el terreno que deban llevarse a cabo durante el ejercicio 2020, se aplicarán las disposiciones de control establecidas en el artículo 15 del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/532 de la Comisión, de 16 de abril de 2020, que establece excepciones, para el año 2020, a los Reglamentos de Ejecución (UE) n.º 809/2014, (UE) n.º 180/2014, (UE) n.º 181/2014, (UE) 2017/892, (UE) 2016/1150, (UE) 2018/274, (UE) 2017/39, (UE) 2015/1368 y (UE) 2016/1240, en lo que atañe a determinados controles administrativos y sobre el terreno aplicables en el marco de la política agrícola común y que modifica el artículo 32, apartado 1 del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1150, de la Comisión, de 15 de abril de 2016.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 4ª (se añade)) por Real Decreto 558/2020, de 9 de junio, por el que se modifican distintos reales decretos que establecen normativa básica de desarrollo de reglamentos de la Unión Europea en materia de frutas y hortalizas y vitivinicultura.
(BOE de 10-06-2020) en vigor desde 11-06-2020 - Texto Original. Publicado el 03-11-2018 en vigor desde 11-06-2020