Da 4 Hacienda

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D.A. 4ª.

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Se autoriza al Consejero de Hacienda a organizar todas las unidades que realicen cualesquiera de las funciones de gestión económico-financiera a que se refiere la presente Ley, en aras de una mayor coordinación y eficacia de la Administración financiera.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-11-1990 en vigor desde 21-11-1990