D.A. 4ª. Referencias a la unidad de convivencia.
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Vigente
Todas las referencias que en el presente real decreto se hagan a la "unidad familiar" se entenderán hechas a la «unidad de convivencia» de acuerdo con la definición del artículo 3 de este real decreto.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 4ª (se añade)) por Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
(BOE de 30-03-2022) en vigor desde 31-03-2022 - Texto Original. Publicado el 07-10-2017 en vigor desde 31-03-2022