Da 4 Estructura orgánica ...e Hacienda

Da 4 Estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda

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D.A. 4ª. Delegación de competencias.

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1. Las delegaciones de competencias otorgadas en el ámbito actuación material que corresponde al Ministerio de Hacienda por los distintos órganos superiores y directivos afectados por este real decreto y por el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y por el Real Decreto 3/2024, de 9 de enero, por el que se reestructuran las Subsecretarías de los departamentos ministeriales, continuarán válidas y eficaces hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas.

2. Cuando las delegaciones de competencias que mantienen sus efectos en virtud del apartado anterior se hubiesen efectuado en favor de órganos suprimidos por alguno de los reales decretos citados, las referidas delegaciones se entenderán válidas y eficaces en favor de los órganos en cuyo ámbito de actuación se encuadre la correspondiente competencia.

3. En los casos en que de acuerdo con los citados reales decretos se haya producido un cambio de adscripción de determinados órganos, conforme a lo indicado en los párrafos anteriores las delegaciones de competencias mantienen sus efectos y continuarán válidas y eficaces, entendiéndose efectuadas por los órganos que de acuerdo con la nueva estructura tengan atribuidas las competencias que se delegan, y delegadas a favor de los mismos órganos, salvo si estos hubieran sido suprimidos, en cuyo caso la delegación se entenderá efectuada a favor de los órganos en cuyo ámbito de actuación se encuadren ahora sus competencias, hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-02-2024 en vigor desde 29-02-2024