Da 4 Cualificaciones y de la Formación Profesional
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. 4ª. Equivalencias.
Vigente
El Gobierno, previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, fijará las equivalencias, convalidaciones, correspondencias, y los efectos de ellas, entre los títulos de formación profesional y los certificados de profesionalidad establecidos y los que se creen conforme a lo previsto en la presente Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-06-2002 en vigor desde 21-06-2002