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Da 4 Coordinación de las Policías Locales de Asturias

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D.A. 4ª. Financiación de costes adicionales.

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El Principado de Asturias, en el ámbito de la cooperación con los concejos, contribuirá a financiar los costes económicos adicionales que la aplicación de esta Ley pudiera generar a los concejos. A tal fin, en los Presupuestos Generales del Principado de Asturias de cada ejercicio se establecerá la cuantía de las aportaciones así como su aplicación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-04-2007 en vigor desde 30-04-2007