Da 4 Atribución de competencias en materia de personal, en desarrollo de la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública
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»D.A. 4ª.
Vigente
Excepcionalmente, y cuando el volumen de la gestión del personal así lo requiera, previa aprobación de la Presidencia del Gobierno, los Ministros podrán establecer que las competencias atribuidas a los Subsecretarios en este Real Decreto sean ejercidas en sus Departamentos por órganos administrativos de igual rango.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-12-1984 en vigor desde 27-12-1984