Da 4 Abastecimiento y saneamiento de aguas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. 4ª.
Vigente
La Administración del Principado promoverá que el uso por las entidades públicas de la alimentación de fuentes ornamentales, bocas de riego y extinción de incendios, así como el riego de parques, jardines y zonas verdes de instalaciones deportivas tenga lugar con agua reutilizada, tras el correspondiente proceso de depuración.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-02-1994 en vigor desde 17-03-1994