Da 39 Presupuestos 2020 Canarias
Da 39 Presupuestos 2020 Canarias

Da 39 Presupuestos 2020 Canarias

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.A. 39ª. Regularización de las compensaciones de derechos.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


Ante un acto firme de compensación de otra administración pública, sin perjuicio de los procedimientos de revisión y de devolución de ingresos indebidos que proceda realizar por el departamento o ente responsable de la deuda, se procederá:

1. Recibida por la dirección general competente en materia de tesoro comunicación del acto firme de compensación de otra administración pública de una deuda correspondiente a un ente del sector público limitativo con un derecho de la Administración de la comunidad autónoma o ente distinto del sector público limitativo, se estará a lo dispuesto en el artículo 22.f), en relación con lo dispuesto en el apartado 2).1.u) del anexo 1, «Créditos ampliables», para la dotación del crédito necesario para dar cobertura al expediente de gasto que da origen a la deuda.

2. Cuando tanto la deuda como el derecho correspondan a un mismo ente limitativo distinto de la Administración de la comunidad autónoma, deberá procederse al registro del gasto, igualmente en formalización para su aplicación como ingreso a la partida de operaciones no presupuestarias correspondiente para su aplicación presupuestaria. En caso de ser necesario, se iniciarán los expedientes de modificación de crédito que sean precisos para dotar el crédito necesario para atender el gasto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2019 en vigor desde 01-01-2020