Da 35 Presupuestos 2019 Murcia

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D.A. 35ª. Elaboración de un Plan de acción por las entidades objeto de auditoría.

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Las entidades auditadas por la Intervención General, en el plazo de tres meses a contar desde la recepción de los informes definitivos, deberán elaborar un plan de acción en el que incluirán las medidas correctoras a implantar para subsanar las debilidades, deficiencias, errores e incumplimientos relevantes puestos de manifiesto en los mismos y su plazo de ejecución. El cumplimiento de dicho plan será objeto de seguimiento por la Intervención General, quedando facultada para proponer al titular de la Consejería de Hacienda la suspensión de los pagos pendientes a aquellas entidades que no remitan el referido plan de acción, o que no cumplan los requerimientos que formule al observar desviaciones en su cumplimiento. Si la Intervención General no recibe explicación del incumplimiento o ésta no está suficientemente fundada, podrá proponer así mismo la publicación de esta circunstancia en el portal de la transparencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, manteniéndose hasta el momento en que la entidad afectada cumpla o explique adecuadamente la razón del incumplimiento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2018 en vigor desde 01-01-2019