Da 33 Presupuestos 2012 Canarias

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D.A. 33ª.- Permisos retribuidos para la realización de actividades sindicales.

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El régimen jurídico de los permisos retribuidos y uso del crédito horario, para la realización de actividades sindicales y de representación del personal que presta servicios en los distintos sectores de la Administración autonómica, vendrá determinado por lo dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público, sin perjuicio de aquellos acuerdos que puedan alcanzarse en el marco de la negociación colectiva y la concertación social.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 01-01-2012