Da 3 TR de la ley de cooperativas
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Da 3 TR. de la ley de cooperativas

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D.A. 3ª. Reglamento del Registro de Cooperativas de la Comunitat Valenciana

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El Consell aprobará, en el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente ley, el Reglamento del Registro de Cooperativas de la Comunitat Valenciana.

Asimismo, el Consell establecerá reglamentariamente el procedimiento para posibilitar la presentación de documentos inscribibles en el Registro de Cooperativas de la Comunitat Valenciana, a través de medios telemáticos o en soporte informático, de forma directa o a través de encomienda de gestión o acuerdos de colaboración con otros organismos.